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El tribunal de alzada rechazó, en fallo dividido, un recurso de protección en favor del alumno del Liceo Tecnológico Montemaría. El fallo validó las sanciones aplicadas según el reglamento de convivencia escolar.
TEMUCO.– Por dos votos contra uno, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la legalidad de la expulsión de un estudiante del Liceo Tecnológico Montemaría de Pucón. La máxima instancia judicial de la región rechazó un recurso de protección constitucional que buscaba revertir la sanción dictada el 27 de abril de 2026, luego de que el alumno ingresara de forma deliberada un arma de balines a una sala de clases.
El dictamen judicial dio por acreditados los hechos ocurridos el pasado 10 de abril, fecha en que el estudiante introdujo al recinto un objeto con apariencia de arma de fuego cargado con proyectiles tipo balines. De acuerdo con los antecedentes del fallo, el artefacto circuló entre varios alumnos y fue percutado durante el horario lectivo, provocando un fuerte ruido de impacto en plena jornada escolar.
Ajustado al reglamento interno.
La acción legal civil había sido interpuesta por el abogado Víctor Hugo Astete Becker, en representación de la madre del menor afectado. Sin embargo, tras analizar los informes presentados por las autoridades del liceo, el tribunal determinó que el establecimiento educacional no incurrió en infracciones normativas ni actuó de manera arbitraria.
Los ministros detallaron que el Reglamento Interno y Manual de Convivencia Escolar del Liceo Montemaría tipifica de forma explícita, en su artículo 59 N°7, que el porte de armas de fuego, artesanales, blancas o elementos contundentes constituye una «falta gravísima» que faculta la expulsión inmediata.
Asimismo, la Corte descartó la existencia de un trato discriminatorio respecto de los otros alumnos involucrados en el episodio. El fallo precisó que todos recibieron sanciones proporcionales a sus respectivos grados de participación, justificando una mayor rigurosidad con el alumno expulsado debido a su rol principal al ingresar el material peligroso al aula.
Voto dividido en la sala.
La resolución judicial fue pronunciada por la Primera Sala del tribunal de alzada, presidida por la ministra María Georgina Gutiérrez Aravena, e integrada por el ministro Alejandro Vera Quilodrán y el abogado miembro Roberto Contreras Eddinger.
La sentencia contó con el voto disidente del ministro Vera Quilodrán, quien estuvo por acoger el amparo económico, anular la expulsión y ordenar el reintegro inmediato del alumno. La postura minoritaria proponía reemplazar la salida del estudiante por la implementación de un protocolo obligatorio de acompañamiento psicosocial, un plan de apoyo formativo individualizado y herramientas de mediación interna.
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