La acción judicial apunta al exgobernador regional por su presunta participación en delitos de fraude al Fisco vinculados a la Fundación Local. La ampliación también incluye a otras 31 personas. El antecedente de la arista Manicure, en la que el Ministerio Público decidió no perseverar respecto de cuatro exfuncionarios, vuelve a poner el foco en los alcances de las acusaciones y la necesidad de esclarecer las responsabilidades caso a caso.
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) amplió su ofensiva judicial en el marco de la investigación por las presuntas irregularidades en la asignación y utilización de recursos públicos del denominado Caso Convenios en La Araucanía. Esta vez, la acción legal incluye al exgobernador regional Luciano Rivas, cuya eventual responsabilidad penal deberá determinarse en el marco de la investigación.
La ampliación de la querella fue confirmada por el abogado del organismo, Claudio Jara, ante el Tribunal de Garantía. Según explicó, la acción contempla seis delitos de fraude al Fisco consumados y otros cuatro en grado de frustrados, en hechos que estarían relacionados con recursos públicos entregados a través de distintos programas y con la actuación de integrantes de la Fundación Local.
La presentación también apunta contra otras 31 personas, entre funcionarios y exfuncionarios del Gobierno Regional de La Araucanía y particulares que habrían recibido fondos públicos.
La acción judicial constituye un nuevo capítulo de una investigación que ha puesto bajo escrutinio la gestión de recursos fiscales y los mecanismos de control sobre las transferencias a entidades privadas. Sin embargo, la presentación de una querella no acredita por sí misma la comisión de delitos ni establece la responsabilidad penal de las personas mencionadas.
El antecedente de Manicure y las acusaciones que no prosperaron.
La nueva acción del CDE también invita a revisar los antecedentes de otras aristas del Caso Convenios en La Araucanía, particularmente la investigación conocida como Manicure, en la que cuatro funcionarios del Gobierno Regional fueron objeto de graves imputaciones.
El 20 de enero de 2025, el Ministerio Público comunicó al Juzgado de Garantía de Temuco su decisión de no perseverar en la investigación respecto de esos cuatro funcionarios. La determinación marcó un cambio relevante en el curso de esa causa, en la que también había intervenido el Consejo de Defensa del Estado mediante acciones judiciales.
El antecedente obliga a distinguir entre la formulación de acusaciones, las decisiones adoptadas durante una investigación penal y las conclusiones que pueden establecerse al término de un proceso. La decisión de no perseverar significa que la Fiscalía no continuará adelante con la persecución penal en los términos de esa investigación, pero no equivale necesariamente a una sentencia absolutoria ni permite, por sí sola, concluir que existió un error judicial.
Aun así, el desenlace de esa arista plantea preguntas legítimas sobre la solidez de los antecedentes reunidos antes de dirigir imputaciones contra funcionarios públicos y sobre los criterios utilizados por los organismos que intervienen como querellantes.
La responsabilidad de investigar sin prejuzgar.
El Caso Convenios ha puesto en el centro del debate la obligación de proteger los recursos públicos, establecer eventuales responsabilidades administrativas y penales y garantizar que las investigaciones se desarrollen sobre la base de antecedentes verificables.
En ese escenario, el CDE cumple un papel relevante en la defensa de los intereses patrimoniales del Estado. Sin embargo, sus acciones judiciales, al igual que las decisiones del Ministerio Público, deben ser examinadas a la luz de sus fundamentos y de los resultados de cada investigación.
La ampliación de la querella contra Luciano Rivas y otras 31 personas abre una nueva etapa en la búsqueda de responsabilidades por las presuntas irregularidades relacionadas con la Fundación Local. El desafío será establecer qué ocurrió con los recursos públicos, qué intervención tuvo cada persona y si existen antecedentes suficientes para sostener las imputaciones.
La exigencia de rendición de cuentas no es incompatible con la presunción de inocencia. Por el contrario, una investigación rigurosa debe garantizar ambas: perseguir los delitos cuando existan antecedentes que lo justifiquen y evitar que las acusaciones se conviertan anticipadamente en condenas públicas.

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