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Carlos Jeria Montoya fue apartado del Poder Judicial tras una decisión unánime de los 18 ministros habilitados para votar. El magistrado había viajado a Brasil en noviembre de 2024 mientras se encontraba con licencia médica. El caso se enmarca en los procedimientos impulsados por el máximo tribunal frente a jueces que salieron del país durante períodos de reposo médico.

Un nuevo caso de remoción de un magistrado por viajar al extranjero mientras se encontraba con licencia médica tiene repercusiones en La Araucanía. La Corte Suprema resolvió apartar del Poder Judicial a Carlos Jeria Montoya, quien se desempeñaba como juez del tribunal de Carahue, luego de establecerse que viajó a Brasil en noviembre de 2024 para asistir al Gran Premio de Fórmula 1, pese a encontrarse haciendo uso de reposo médico.

La decisión fue adoptada por unanimidad, con el respaldo de los 18 ministros habilitados para participar en la votación del Pleno del máximo tribunal, configurando uno de los casos que concluyeron con la aplicación de la medida de remoción en el marco de las investigaciones por viajes al extranjero durante licencias médicas.

Según se informó, el desplazamiento del magistrado coincidió con la realización del Gran Premio de Brasil, disputado en el circuito de Interlagos, en São Paulo. El antecedente adquirió especial relevancia durante el procedimiento que examinó su permanencia en la judicatura.

La resolución pone término a la trayectoria de Jeria Montoya en el Poder Judicial, institución a la que se había incorporado como magistrado en 2020.

Una decisión unánime del máximo tribunal.

La votación que determinó la remoción del juez contó con el respaldo de los 18 integrantes habilitados para resolver, entre ellos los ministros Andrea Muñoz, Mauricio Silva y Leopoldo Llanos, además de los ministros suplentes Hernán Crisosto y Roberto Contreras.

El procedimiento se desarrolló mediante un cuaderno de remoción, mecanismo que permite a la Corte Suprema evaluar la permanencia de integrantes de la judicatura cuando existen antecedentes que comprometen el buen comportamiento exigido para ejercer el cargo.

En este caso, la decisión se adoptó en el marco de la facultad contemplada en el artículo 80 de la Constitución Política, que establece la permanencia de los jueces en sus cargos mientras mantengan un comportamiento acorde con las exigencias de la función judicial.

La propia Corte Suprema informó el 28 de octubre de 2026 que, tras resolver cinco causas pendientes relacionadas con viajes al extranjero durante períodos de licencia médica, había determinado la remoción de tres integrantes de la judicatura y rechazado otras dos solicitudes. Con estas decisiones, el número de integrantes del escalafón primario removidos por este tipo de situaciones llegó a 18, según el comunicado institucional.

El impacto institucional de los viajes durante licencias médicas.

El caso de Carlos Jeria se inscribe en una controversia que ha golpeado la confianza pública en distintas instituciones del Estado: el uso de licencias médicas para justificar ausencias laborales mientras sus titulares realizan desplazamientos fuera del país.

La situación adquiere una dimensión particular cuando involucra a integrantes del Poder Judicial, cuya función exige no solamente conocimientos jurídicos e independencia, sino también estándares de conducta compatibles con la responsabilidad pública que ejercen.

La remoción del magistrado de Carahue constituye una señal de la aplicación de los mecanismos constitucionales de control sobre la conducta de quienes integran la judicatura.

Sin embargo, el alcance institucional de estas decisiones también plantea un desafío de mayor profundidad: recuperar la confianza ciudadana mediante procedimientos transparentes, criterios consistentes y la aplicación efectiva de las responsabilidades correspondientes cuando se acreditan conductas incompatibles con el ejercicio de la función pública.

En el caso de Jeria Montoya, la unanimidad del Pleno refleja el consenso alcanzado por los ministros habilitados respecto de su remoción, en una resolución que pone fin a su permanencia en el Poder Judicial, una vez que la decisión adquiera carácter definitivo.

La situación vuelve a poner bajo escrutinio los estándares de probidad y responsabilidad exigibles a quienes ejercen funciones jurisdiccionales, especialmente en un contexto en que la credibilidad de las instituciones públicas constituye una preocupación central para la ciudadanía.

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