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Una inédita y preocupante situación se registró en el Juzgado de Garantía de Valdivia durante la audiencia de cautela de garantías solicitada por la defensa de la abogada de Derechos Humanos, Karina Riquelme. En la instancia, el persecutor del Ministerio Público compareció por videoconferencia manteniendo la reserva total de su identidad y con la cámara apagada. El hecho encendió las alarmas jurídicas al revivir una de las figuras procesales más cuestionadas por los tratados internacionales de derechos fundamentales: los fiscales ocultos o «sin rostro».
El origen de la controversia y la causa oculta.
La audiencia fue citada para que la Fiscalía de la Región de Los Ríos transparentara de forma oficial si existía una persecución penal contra Riquelme. La abogada representa a los hijos de Julia Chuñil Catricura, mujer mapuche desaparecida desde noviembre de 2024 en la comuna de Máfil.
  • La sospecha institucional: El Ministerio Público abrió una causa reservada para indagar la filtración, acceso y difusión pública de un documento judicial protegido por secreto legal en el marco de la búsqueda de Chuñil.
  • La contradicción del organismo: Durante la comparecencia, la propia Fiscalía de Los Ríos confirmó de manera explícita que la abogada Karina Riquelme no está siendo investigada en esta arista. Sin embargo, mantuvieron el blindaje extremo sobre el fiscal adjunto.
  • El secretismo frustrado: El Ministerio Público intentó formalmente que la audiencia fuera privada, solicitando la expulsión del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y de los observadores internacionales. Esta petición fue tajantemente rechazada por el juez de garantía a cargo.
El quiebre del debido proceso: Identidades bajo llave.
El abogado defensor Rodrigo Pizarro Rosales calificó la puesta en escena telemática como una anomalía injustificada. Según los antecedentes, la fiscalía regional ordenó estas medidas de seguridad especiales invocando un resguardo al interviniente, pese a que la contraparte es una profesional de las leyes de trayectoria pública y no una organización criminal.
«Este punto nos causa especial curiosidad. ¿Por qué razón la fiscalía decide mantener oculto al fiscal interviniente en la causa si la abogada defensora de derechos humanos, Karina Riquelme, no está siendo investigada, como ellos mismos confirmaron?», cuestionó públicamente Pizarro.

La imposibilidad de ver o conocer el nombre del acusador rompe un principio básico del derecho penal moderno. Organismos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) han estipulado de forma reiterada que los «jueces o fiscales sin rostro» vulneran las garantías mínimas de un juicio justo. Al ocultar la identidad del persecutor, se priva a la defensa de la facultad legal de revisar la idoneidad del funcionario o de ejercer el derecho a recusación por eventuales causales de inhabilidad o conflicto de interés.
Análisis crítico: El efecto inhibitorio sobre la defensa legal.
La utilización de herramientas de excepción en un tribunal ordinario, y frente a causas ligadas a la representación de familias mapuches, no es un descuido procedimental; es una señal política alarmante. Esta investigación y las dificultades denunciadas por la defensa para acceder a las carpetas fiscales configuran un escenario de hostigamiento indirecto contra los profesionales que asumen litigios de alto impacto público.
La señal que envía el Ministerio Público de Los Ríos es peligrosa para el ejercicio democrático de la abogacía. Al montar un aparataje de seguridad propio de causas antiterroristas en una indagatoria por filtración de documentos, se genera un efecto inhibitorio. Esto infunde temor y desgasta la labor de los defensores de DD.HH., precarizando la representación judicial de las víctimas de desaparición y criminalizando de forma velada el control ciudadano sobre las instituciones de justicia.
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