El Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco acogió la demanda de una exsecretaria de Alcaldía y estableció vulneraciones a sus derechos fundamentales, incluyendo conductas de connotación sexual y represalias laborales. El fallo ordena al municipio pagar más de $20,4 millones, además de las cotizaciones previsionales adeudadas. La resolución vuelve a poner bajo escrutinio la gestión del jefe comunal, cuyo nombre ya había quedado ligado a la polémica riña de septiembre de 2025.
La Municipalidad de Melipeuco fue condenada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, luego de que el tribunal acogiera la demanda presentada por Victoria Leal Montecinos, exsecretaria del alcalde Alejandro Cuminao Barros, por vulneración de derechos fundamentales, acoso laboral, conductas de connotación sexual y represalias tras denunciar situaciones ocurridas durante el ejercicio de sus funciones.
La sentencia, dictada en la causa RIT T-82-2026, no solo reconoció las vulneraciones denunciadas por la trabajadora, sino que también estableció la existencia de una relación laboral dependiente entre ella y el municipio, pese a que su contratación figuraba bajo la modalidad de honorarios.
La condena contempla un pago de $20.443.670 por concepto de indemnizaciones y reparaciones, además de las cotizaciones previsionales y de salud correspondientes al período trabajado. Se trata de un fallo de primera instancia, por lo que aún puede ser impugnado ante la Corte de Apelaciones de Temuco.
Un nuevo capítulo en la crisis de la administración Cuminao.
La resolución judicial agrega un antecedente de especial gravedad a la serie de controversias que han rodeado al alcalde Alejandro Cuminao y a su administración municipal.
Su nombre adquirió notoriedad nacional en septiembre de 2025, cuando protagonizó una violenta riña con un funcionario municipal en la que perdió parte de su pabellón auricular. El episodio ocurrió durante una celebración de Fiestas Patrias en el domicilio de quien entonces se desempeñaba como administradora municipal.
El incidente terminó con el funcionario involucrado, José Zárate, condenado mediante un procedimiento abreviado, luego de reconocer su responsabilidad penal por las lesiones que dejaron al alcalde con la mutilación de parte de una oreja.
Sin embargo, más allá de las consecuencias penales de aquella riña, el episodio abrió una controversia de mayor alcance: las denuncias sobre las circunstancias en que ocurrió el enfrentamiento, las conductas atribuidas al jefe comunal y las posteriores desvinculaciones de funcionarias que conocían los hechos.
Entre quienes perdieron sus puestos de trabajo estuvieron la entonces administradora municipal y otras trabajadoras que, según sus propios testimonios, no respaldaron la versión de lo sucedido sostenida desde el entorno de la Alcaldía.
Una de ellas fue Victoria Leal Montecinos, quien decidió llevar los antecedentes a la justicia laboral.
El tribunal dio por acreditadas las vulneraciones.
La demanda de Leal no terminó siendo solamente una controversia por su desvinculación. El proceso judicial abordó las condiciones en que desarrolló sus funciones y las conductas que atribuyó directamente al alcalde.
De acuerdo con los antecedentes de la sentencia, el tribunal tuvo por acreditadas conductas de connotación sexual no consentidas, comentarios sobre su apariencia física, situaciones de hostigamiento y actuaciones que afectaron su integridad psíquica y dignidad como trabajadora.
Entre los episodios descritos durante el proceso también figuran presiones para participar en encuentros sociales con consumo de alcohol y comentarios despectivos hacia la funcionaria cuando manifestó su rechazo a determinadas conductas.
La resolución examinó, además, el trato que recibió después del incidente de septiembre de 2025. Según los antecedentes acogidos por el tribunal, la trabajadora fue sometida a un progresivo aislamiento laboral, restricciones de acceso a herramientas de trabajo y otras medidas que terminaron afectando el ejercicio de sus funciones.
La situación adquiere especial relevancia porque la desvinculación se produjo después de que la funcionaria recurriera a organismos fiscalizadores y participara como testigo en investigaciones relacionadas con los hechos denunciados.
El tribunal concluyó que también se vulneró su garantía de indemnidad, principio que protege a los trabajadores frente a represalias por ejercer acciones administrativas o judiciales en defensa de sus derechos.
Más de $20 millones deberá pagar el municipio.
Uno de los aspectos relevantes del fallo fue el reconocimiento de que la relación entre Leal y la Municipalidad de Melipeuco tenía características propias de un vínculo laboral dependiente, pese a que formalmente se encontraba contratada a honorarios.
El tribunal consideró antecedentes como el cumplimiento de una jornada de 44 horas semanales, el registro de asistencia mediante reloj biométrico y la existencia de subordinación y dependencia.
En consecuencia, descartó que se tratara simplemente de una prestación autónoma de servicios y acogió las pretensiones laborales de la demandante.
La condena económica se desglosa de la siguiente manera:
- $11.127.534 por indemnización de tutela laboral.
- $1.011.594 por indemnización sustitutiva del aviso previo.
- $2.023.188 por indemnización por años de servicio.
- $1.011.594 por recargo legal del 50%.
- $269.760 por feriado proporcional.
- $5.000.000 por concepto de daño moral.
Total: $20.443.670, a lo que se suma el pago de las cotizaciones previsionales y de salud correspondientes al período laboral reconocido por el tribunal, con los reajustes e intereses legales.
El juez desestimó, en cambio, la solicitud de nulidad del despido.
«Quien denuncia termina siendo objeto de críticas».
Tras conocerse la resolución, Victoria Leal entregó su testimonio y explicó las razones que la llevaron a hacer pública su experiencia.
«Fui una de las mujeres que denunció al alcalde de la comuna, Alejandro Cuminao Barros, por una serie de hechos vulneratorios ocurridos durante el ejercicio de mis funciones, cuando me desempeñaba como su secretaria», señaló.
La exfuncionaria sostuvo que, después de aproximadamente un año de tramitación judicial, obtuvo una sentencia favorable en la que se reconocieron las vulneraciones denunciadas.
«Se acreditaron graves vulneraciones a mis derechos, incluyendo hechos de acoso sexual, acoso laboral y otras conductas que afectaron profundamente mi integridad y dignidad como persona y trabajadora», agregó.
Leal también describió las dificultades que debió enfrentar después de denunciar, particularmente en una comuna pequeña, donde la exposición pública y las relaciones personales pueden transformar una denuncia laboral en una situación de aislamiento social.
«He tenido que sobrellevar situaciones muy dolorosas, comentarios, cuestionamientos, recriminaciones y distintas formas de exposición dentro de una comuna pequeña, donde muchas veces pareciera que quien denuncia termina siendo objeto de críticas y juicios, en lugar de recibir comprensión y respeto», relató.
La mujer explicó que su intención al hablar públicamente no es alimentar una controversia personal, sino contribuir a que se conozcan hechos que, según enfatizó, fueron acreditados judicialmente.
«Detrás de estos procesos hay mujeres que han debido enfrentar situaciones profundamente vulneratorias, con consecuencias personales, laborales y emocionales que no desaparecen simplemente con una sentencia», sostuvo.
Denuncias que van más allá de una sola funcionaria.
Otro elemento que merece atención es que el caso de Victoria Leal no aparece aislado del contexto de denuncias que han rodeado al municipio.
En julio de 2026, la Contraloría General de la República ordenó instruir un sumario administrativo a raíz de denuncias por acoso laboral y sexual presentadas por cuatro exfuncionarias contra el alcalde Cuminao.
Aquellos antecedentes también estuvieron relacionados con el episodio de septiembre de 2025 y sus consecuencias al interior de la Municipalidad de Melipeuco.
Se había publicado anteriormente testimonios de otras trabajadoras que denunciaron situaciones de acoso, malos tratos y conductas impropias atribuidas al jefe comunal.
Ahora, la sentencia favorable a Victoria Leal incorpora un elemento distinto y de especial trascendencia: ya no se trata únicamente de acusaciones o testimonios difundidos públicamente, sino de vulneraciones que fueron examinadas y acogidas en un proceso judicial.
Esto no significa que todas las denuncias formuladas por otras funcionarias hayan sido acreditadas judicialmente, pero sí plantea interrogantes sobre el funcionamiento interno de la administración municipal, los mecanismos de protección de las trabajadoras y la respuesta institucional frente a las denuncias.
La responsabilidad institucional y las explicaciones pendientes.
La condena obliga a mirar más allá de la responsabilidad que se atribuye al alcalde en los hechos examinados. La Municipalidad de Melipeuco, como institución empleadora, deberá responder económicamente por las vulneraciones reconocidas por la justicia.
Surgen así preguntas que la ciudadanía tiene derecho a plantear: ¿qué mecanismos de protección existían para las funcionarias que denunciaron? ¿Qué medidas adoptó la administración municipal cuando tomó conocimiento de los hechos? ¿Por qué una trabajadora que cumplía funciones bajo subordinación y dependencia permaneció contratada a honorarios? ¿Qué responsabilidades administrativas se establecerán a partir de estos antecedentes?
Son interrogantes que no se agotan con el pago de una indemnización.
La sentencia constituye un pronunciamiento judicial relevante sobre la situación de una trabajadora y las condiciones en que se desempeñó dentro de una institución pública. También representa una señal respecto de los límites que deben respetar quienes ejercen cargos de autoridad frente a sus subordinados.
Se intentó obtener una versión del alcalde Alejandro Cuminao Barros respecto de la sentencia y sus conclusiones. Sin embargo, hasta el cierre de esta edición no había sido posible conseguir una respuesta.
El fallo todavía puede ser revisado por la Corte de Apelaciones de Temuco. Mientras tanto, la condena deja planteado un asunto que trasciende el conflicto laboral: el ejercicio del poder dentro de una municipalidad no puede quedar al margen de las obligaciones legales ni del respeto a la dignidad de quienes trabajan en ella.
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