La fiscalización reveló investigaciones administrativas que se arrastran durante años, con funcionarios apartados preventivamente de sus cargos pero manteniendo sus remuneraciones. El caso más prolongado llega a cuatro años y siete meses. La Contraloría asumirá directamente los 30 sumarios que superan los tres años de suspensión y abrió la puerta a determinar eventuales responsabilidades por las demoras.
Una investigación administrativa que se extiende durante cuatro años y siete meses sin una resolución definitiva difícilmente puede considerarse un trámite normal.
Ese es precisamente uno de los problemas que dejó al descubierto una nueva revisión de la Contraloría General de la República (CGR): 485 funcionarios de la Administración Central permanecían suspendidos preventivamente en el marco de sumarios administrativos entre 2020 y marzo de 2026, manteniendo sus respectivas remuneraciones.
La fiscalización no incluyó a las municipalidades y concentró su atención en un aspecto particularmente sensible: cuánto tiempo pueden permanecer los funcionarios apartados de sus funciones mientras una investigación disciplinaria continúa abierta.
El resultado fue revelador.
Treinta funcionarios llevaban más de tres años suspendidos, mientras 13 acumulaban más de cuatro años en esa condición. El caso más prolongado correspondía a un funcionario del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, Mejor Niñez, con una suspensión estimada en cuatro años y siete meses.
Le siguen un caso del Servicio Local de Educación Pública Santiago Centro, con cuatro años y seis meses, y otro del SLEP Atacama, con cuatro años y dos meses.
El problema, por tanto, no es solamente cuánto dinero se continúa pagando mientras dura una suspensión preventiva. Es también qué ocurre cuando una medida concebida para una investigación temporal termina prolongándose durante años.
Una medida preventiva que se volvió permanente.
La suspensión preventiva es una herramienta contemplada por el Estatuto Administrativo para apartar temporalmente a un funcionario mientras se desarrolla una investigación disciplinaria.
Pero suspensión preventiva no significa sanción.
Mientras no exista una resolución definitiva, el funcionario mantiene su derecho a la remuneración, de acuerdo con las reglas aplicables.
El problema aparece cuando la investigación se prolonga indefinidamente.
La Contraloría recordó que, cuando un sumario se extiende, la autoridad encargada debe revisar su estado, adoptar medidas para acelerar su tramitación y evaluar si existen responsabilidades administrativas por las demoras.
En otras palabras, la investigación no puede transformarse en una suerte de sanción indefinida por la vía de los hechos.
Ese es uno de los principales cuestionamientos que deja el informe: funcionarios que llevan años sin desempeñar sus funciones, pero tampoco han sido sancionados ni absueltos porque el procedimiento administrativo aún no concluye.
La Contraloría toma el control de los casos más extensos.
Ante este escenario, la CGR decidió intervenir directamente en los 30 sumarios asociados a funcionarios que permanecían suspendidos durante más de tres años.
Estos procedimientos dejarán de estar radicados en los organismos donde se originaron y pasarán a ser tramitados por la propia Contraloría.
El objetivo no será únicamente acelerar los procesos.
La fiscalización también busca establecer si hubo responsabilidades de las autoridades que ordenaron las investigaciones o que tenían la obligación de supervisar su avance y no adoptaron oportunamente las medidas necesarias para evitar demoras.
Es decir, el foco comienza a desplazarse desde el funcionario investigado hacia la responsabilidad de quienes tenían a su cargo la administración del propio sumario.
$671 millones en remuneraciones.
La dimensión económica también resulta difícil de ignorar.
De acuerdo con la revisión de la Contraloría, los diez casos con los períodos de suspensión más prolongados significaron $671 millones en remuneraciones durante el tiempo en que los funcionarios permanecieron apartados de sus funciones.
La cifra no significa que esos pagos hayan sido ilegales.
Ese punto es importante.
La normativa contempla, como regla general, que la suspensión preventiva no implique la pérdida de remuneraciones. El cuestionamiento de la Contraloría apunta principalmente a la prolongación de la medida y a la falta de diligencia en la tramitación de los procedimientos.
Por eso, el dato de los $671 millones adquiere una dimensión distinta: representa el costo para el Estado de mantener durante años una situación administrativa que debería ser esencialmente temporal.
Funcionarios con otras actividades y casos llamativos.
La revisión también encontró situaciones que agregan complejidad al cuadro.
Según los antecedentes recopilados por la Contraloría, 22 funcionarios suspendidos registraron otras actividades remuneradas durante el período de suspensión, de acuerdo con información del Servicio de Impuestos Internos.
El hallazgo no significa automáticamente que todos esos casos constituyan una infracción. Corresponde a los organismos competentes determinar si esas actividades eran compatibles con la situación administrativa de cada funcionario y si existieron eventuales responsabilidades.
La fiscalización también detectó que dos funcionarios suspendidos se encontraban cumpliendo prisión preventiva y que, en otro caso, el fiscal que había decretado una suspensión se encontraba en la misma condición.
A ello se suman 20 funcionarios cuyos sumarios estaban a cargo de fiscales que ya no trabajaban en los respectivos servicios.
La Contraloría identificó además casos de funcionarios suspendidos que realizaron viajes al extranjero o concurrieron a casinos de juego durante el período.
Cada una de estas situaciones requiere, sin embargo, una lectura individual: estar suspendido preventivamente no equivale por sí mismo a estar impedido de realizar cualquier actividad privada, por lo que las eventuales infracciones deben determinarse a partir de las circunstancias particulares de cada caso.
El plazo que la Administración dejó de respetar.
La Contraloría puso especial énfasis en la necesidad de respetar los principios de eficiencia y celeridad administrativa.
El propio organismo recordó que la etapa investigativa de un sumario no debiera superar los 60 días hábiles contemplados en la normativa, sin perjuicio de las circunstancias que puedan justificar determinadas extensiones.
El problema es que algunos de los casos detectados no hablan de meses, sino de años.
Cuatro años y siete meses.
Cuatro años y seis meses.
Cuatro años y dos meses.
Las cifras permiten dimensionar la distancia existente entre los plazos establecidos para una investigación administrativa y lo que efectivamente ocurrió en determinados organismos públicos.
Ahora habrá seguimiento permanente.
Como consecuencia de la fiscalización, los organismos que mantengan funcionarios suspendidos durante más de un año deberán informar, dentro de 15 días hábiles, el estado de esos procedimientos.
Tendrán que acreditar el término del sumario, justificar fundadamente la continuidad de la suspensión o informar las medidas concretas adoptadas para acelerar su conclusión.
Además, deberán iniciar procedimientos disciplinarios destinados a establecer eventuales responsabilidades por las demoras detectadas.
La Contraloría también emitió el Instructivo N°29, de septiembre de 2026, mediante el cual reforzó las obligaciones relacionadas con las suspensiones preventivas.
En adelante, las resoluciones que decreten o dejen sin efecto una suspensión deberán ser informadas al Sistema de Inspección de Acciones Derivadas (SIAD), plataforma que permite realizar seguimiento y trazabilidad de las acciones ordenadas por la Contraloría. La idea es sencilla: que una suspensión no vuelva a desaparecer durante años dentro de la burocracia de un servicio público.
El problema de fondo.
El informe deja una pregunta incómoda para la Administración del Estado.
¿Cómo es posible que una medida concebida para proteger una investigación termine prolongándose durante cuatro años, cinco años o incluso más, sin que exista una resolución definitiva?
No se trata de afirmar que los funcionarios involucrados sean responsables de las irregularidades investigadas. Eso deberá determinarse en cada sumario.
Tampoco significa que las remuneraciones pagadas durante la suspensión hayan sido indebidas.
El problema que sí queda establecido por la fiscalización es otro: la Administración no puede investigar indefinidamente.
Porque cuando un funcionario permanece años suspendido, el Estado enfrenta simultáneamente dos problemas: mantiene una investigación inconclusa y continúa pagando remuneraciones mientras la persona permanece apartada de sus funciones.
Y si la demora no es atribuible al funcionario investigado, sino a la propia maquinaria administrativa, aparece una paradoja todavía más difícil de explicar: una medida preventiva termina produciendo consecuencias durante mucho más tiempo que aquel razonablemente necesario para determinar si existía o no responsabilidad.
La Contraloría ahora asumirá los 30 casos más prolongados.
El desafío será comprobar si esta intervención logra cerrar investigaciones que, en algunos servicios públicos, llevan años atrapadas en el laberinto administrativo.
Porque un sumario que dura cuatro años ya no es solamente un problema de plazos.
Es una señal de que algo falló en el sistema encargado de investigar, controlar y finalmente resolver.

——&——-
Para cualquier comunicación, entrega de antecedentes de forma privada o denuncia,
a través del teléfono +56 9 9841 47462, WhatsApp +56 9 6419 5500, o al correo contacto@noticiascomunitarias.cl
"Para pensar, comentar y compartir"

