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Dos mujeres fueron condenadas por delitos cometidos contra residentes de una casa de reposo que funcionaba clandestinamente en Traiguén. La investigación estableció responsabilidades por maltrato corporal relevante, lesiones y otros ilícitos. Pese a la gravedad de los hechos, ambas recibieron penas que no implican su ingreso efectivo a prisión.

Las precarias condiciones en que vivían 13 adultos mayores en una residencia ilegal de Traiguén quedaron al descubierto en agosto, cuando un operativo conjunto de la Policía de Investigaciones (PDI) y equipos de salud permitió rescatar a sus residentes. Cuatro de ellos debieron ser trasladados al Hospital de Traiguén.

El caso terminó con dos mujeres condenadas por delitos cometidos en el establecimiento, que habría funcionado durante 25 años sin cumplir las condiciones legales exigidas para una residencia de este tipo. Sin embargo, ninguna deberá cumplir su condena mediante el ingreso efectivo a la cárcel, de acuerdo con las penas sustitutivas informadas por la Fiscalía.

Ambas imputadas aceptaron su responsabilidad en un procedimiento abreviado realizado ante el Tribunal de Garantía de Traiguén, instancia en la que se establecieron las condenas correspondientes.

Múltiples delitos contra los residentes.

El fiscal Marco Pávez detalló que la propietaria del recinto fue condenada por homicidio simple frustrado, lesiones menos graves, maltrato corporal relevante contra once adultos mayores y mantener y suministrar medicamentos en mal estado.

La enumeración de los delitos da cuenta de la gravedad de los hechos acreditados en el proceso judicial y de la situación de vulnerabilidad en que se encontraban las personas que permanecían en el establecimiento.

La segunda mujer, quien colaboraba en el funcionamiento de la residencia clandestina, también fue condenada en calidad de cómplice. Su sentencia, al igual que la de la propietaria, contempla el cumplimiento de la pena fuera de un recinto penitenciario.

Atenuantes permitieron sustituir las penas de cárcel.

En el caso de la dueña del hogar, el tribunal reconoció las atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración con la investigación. En virtud de ello, tres penas privativas de libertad que sumaban cuatro años y ocho meses fueron sustituidas por libertad vigilada intensiva, cuya supervisión corresponde a Gendarmería.

La decisión implica que la condenada deberá cumplir las condiciones asociadas a esta modalidad de supervisión en libertad, en lugar de ingresar a prisión por esas penas.

El caso vuelve a poner en discusión la respuesta penal frente a delitos cometidos contra personas mayores en situación de especial vulnerabilidad, particularmente cuando se trata de establecimientos que asumen su cuidado y que operan al margen de las exigencias legales.

La pregunta que queda abierta no se limita a las sanciones impuestas a las responsables. También apunta a los mecanismos de fiscalización que permitieron que una residencia de estas características funcionara durante años y a la capacidad de las instituciones para detectar oportunamente situaciones que comprometen la integridad y la dignidad de quienes dependen de terceros para recibir cuidados.

El rescate de los 13 residentes permitió intervenir una situación que, según los antecedentes del caso, se prolongó durante un período considerable. Ahora, además de las consecuencias penales, queda en evidencia la importancia de fortalecer la supervisión de los establecimientos destinados al cuidado de adultos mayores, especialmente de aquellos que operan sin autorización.

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