El establecimiento fue notificado por Carabineros que deben reincorporar a un alumno, pero la Directora Claudia Villarroel Meléndez, no acató la resolución del máximo tribunal de la región.

Un hecho insólito ocurrió en el Colegio Liahona de Pucón, luego de que la directora del recinto Claudia Villarroel Meléndez, al ser notificada por Carabineros de una orden de no innovar de la Corte de Apelaciones de Temuco, se negara a reincorporar a un alumno, a quien se le había cancelado la matrícula.

El tema es que la responsable del recinto educacional conversó con el funcionario policial, pero no acató la orden por cuanto dijo que se debía notificar al representante legal del establecimiento educacional, Héctor Penna Diaz, quien reside en Santiago, desobedeciendo así la orden del tribunal.

Resolución.

Junto con declarar admisible el recurso de protección presentado por la Abogado Valeri Barría Dillems, la Corte de Apelaciones acogió la orden de no innovar presentada, por lo cual el alumno debía ser reincorporado de inmediato.

Se declara admisible el recurso de protección, en consecuencia se ordena informe la recurrida dentro del plazo de ocho días, adjuntando todos los antecedentes que sobre la materia digan relación, bajo apercibimiento de prescindir de dicho informe si éste no es evacuado dentro de dicho plazo, debiendo además, en lo posible acompañar el informe respectivo en formato digital”, dice la resolución.

Atendido el mérito de los antecedentes, ha lugar a la orden de no innovar solicitada, solo en cuanto se dispone que el recurrido deberá reincorporar al adolescente a su recinto educacional, quien podrá asistir a clases mientras pende la tramitación del presente recurso”, agrega la Corte de Apelaciones de Temuco.

Así las cosas y mientras tanto, el estudiante se encuentra con su derecho a la educación impedido de ser garantizado, derecho que la Constitución resguarda a todo ciudadano.

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